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Aprueba 75 Legislatura contratación de créditos a los municipios de Áporo e Indaparapeo

Aprueba 75 Legislatura contratación de créditos a los municipios de Áporo e Indaparapeo

Comunicado 460

Morelia, Michoacán, 14 de julio de 2022.- En sesión ordinaria, la 75 Legislatura de Michoacán aprobó los dictámenes con proyecto de decreto, por los que se autoriza a los ayuntamientos de Áporo e Indaparapeo, respectivamente, la contratación de créditos.

Los dictámenes presentados por las comisiones unidas de Hacienda y Deuda Pública y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, refieren que la finalidad de esta decisión es garantizar que ambos municipios cuenten con los recursos necesarios para su óptimo funcionamiento.

Una vez concluido el análisis de la viabilidad del crédito y la capacidad de endeudamiento de cada municipio, así como el uso que darán a dicho financiamiento en proyectos de inversión pública productiva para beneficio de la ciudadanía, las y los diputados determinaron avalar las propuestas.

De esta manera, se aprobó el decreto por el que se autoriza al municipio de Áporo para que, por conducto de funcionarios legalmente facultados y en términos de ley, gestione y contrate con cualquier institución de crédito integrante del sistema financiero mexicano, que ofrezca las mejores condiciones de mercado, uno o varios financiamientos.

El o los financiamientos deberán contratarse en la modalidad de crédito simple, por la cantidad de hasta dos millones 559 mil 400 pesos, incluidos los gastos y costos que, en su caso se requieran, relacionados a la contratación del financiamiento.

Asimismo, se aprobó que el municipio de Indaparapeo, por conducto de funcionarios legalmente facultados y en términos de ley, gestione y contrate durante los ejercicios fiscales 2022 y 2023, con cualquier institución de crédito integrante del sistema financiero mexicano que ofrezca las mejores condiciones de mercado, uno o varios financiamientos, hasta por la cantidad de 12 millones 634 mil pesos, en la modalidad de crédito simple y sin exceder el Techo de Financiamiento Neto que le corresponda en el ejercicio que realice la contratación respectiva.

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